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  • ADECOSE ha completado la renovación de los modelos de cartas de condiciones con cerca de 60 aseguradoras del mercado que ostentan un 81% de cuota de mercado
  • Los modelos de cartas de condiciones se han renovado para adaptarse al Real Decreto 3/2020 de 4 de febrero de seguros privados que traspone la Directiva (UE) 2016/97 de distribución de seguros
  • El modelo de carta de condiciones es la iniciativa que más valoran las corredurías asociadas

ADECOSE ha completado la renovación de los modelos de cartas de condiciones con cerca de 60 entidades aseguradoras del mercado que ostentan el 81% de cuota de mercado. El resto de la cuota de mercado de las entidades aseguradoras no está mediado o lo está a través de otros canales de mediación.

El modelo acordado con estas entidades aseguradoras está adaptado a la nueva normativa de distribución de seguros del Real Decreto 3/2020 de 4 de febrero de seguros privados que traspone la Directiva (UE) 2016/97 de distribución de seguros y recoge los principales hitos que ya tenía el antiguo modelo negociado conforme a la anterior normativa de mediación de seguros, incorporando a su vez novedades importantes que se han ido actualizando a lo largo de estos años desde que se consensuó el primer acuerdo en el año 2008.

Aspectos fundamentales como el equilibrio entre derechos y obligaciones entre ambas partes, el cambio de posición mediadora y los derechos económicos derivados del mismo o la autorización a la correduría para la gestión y cobro de las primas constituyen aspectos de gran valor que hacen que el modelo de carta de condiciones sea la iniciativa que más valoran las corredurías asociadas cuando cumplimentan el cuestionario de calidad que la Asociación remite cada año a sus socios.

Las cartas de condiciones permiten a los socios, que voluntariamente suscriban el modelo con estas aseguradoras, contar con un importante nivel de seguridad jurídica en sus relaciones con las compañías, por lo que pueden desarrollar su actividad con la aseguradora en un entorno de absoluta confianza y de seguridad jurídica.